Publicación de anuncios
Las personas y entidades interesadas en la publicación de anuncios en el BOP deben remitir sus anuncios por alguno de los siguientes medios:
-
Por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Diputación de Ciudad Real. Este es el procedimiento más rápido, económico y respetuoso con el medio ambiente y permite acortar de forma considerable los plazos de tramitación del expediente de que se trate, en beneficio de los ciudadanos y de los intereses generales. Conforme a lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del Art. 10 y en la Disposición Final Segunda de la Ordenanza reguladora de la Gestión Electrónica de Procedimientos Administrativos en la Diputación de Ciudad Real y de la prestación de servicios electrónicos a los ayuntamientos de la provincia (BOP nº 126, de 29 de Junio de 2015), desde el día 1 de enero de 2016 están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Diputación Provincial de Ciudad Real las personas jurídicas que remitan anuncios de cualquier naturaleza al Boletín Oficial de la Provincia. En caso contrario, se requerirá a la entidad solicitante para que proceda a subsanar la remisión del anuncio a través de su presentación electrónica, salvo que hubiera quedado acreditada la existencia de impedimento técnico imputable a la Diputación Provincial.
Para utilizar esta vía es necesario contar con un certificado electrónico válido y vigente. En cuanto a sistemas o navegadores, hay otra serie de requerimientos técnicos que Vd. puede consultar.
-
Las personas físicas que no estén obligadas a su presentación por medios electrónicos de conformidad con la normativa que resulte de aplicación, podrán remitir sus anuncios en soporte papel, si bien, en tal caso, habrán de ir acompañados de un soporte electrónico que contenga el texto a publicar. A tal efecto, se recomienda el envío del documento a la cuenta de correo electrónico bop@dipucr.es, aunque también podrá remitirse mediante CD o DVD o similar.